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SAIC

Sistema de Atención e Información al Ciudadano

Imagen decorativa Sistema de Atencion al Ciudadano

Bienvenido/a


La Universidad de Cundinamarca enmarcada en su perspectiva misional busca velar por la eficiente prestación de sus servicios y para tal efecto busca la excelencia en la atención a los usuarios frente a sus requerimientos, que sean escuchados, atendidos de forma pertinente y sobretodo con respuestas que resuelvan lo que ellos buscan.

Los clientes necesitan acompañamiento y que sus dudas, inquietudes o propuestas se resuelvan a tiempo, se asuman con una actitud positiva y que finalmente resuelvan clara y oportunamente la inquietud del ciudadano (usuario), por los diferentes medios que la institución tiene dispuestos para ello.

ENGLISH VERSION

Aviso Importante

Otros Servicios

Conoce nuestro Sistema de Atención e Información al Ciudadano

Tramitar las Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones (PQRSyF) de los ciudadanos y demás grupos de interés de manera oportuna y eficaz en búsqueda del mejoramiento continuo para garantizar la satisfacción de los mismos.

Se inicia recepcionando las PQRSyF que envían los ciudadanos a través de correo electrónico, vía telefónica y el aplicativo del portal de la Institución, se direccionan al responsable para ser solucionadas y termina con el informe de gestión plasmando análisis con porcentajes de las áreas con mayor incidencia de PQRSYF, permitiendo así el mejoramiento continuo del proceso.

  • Constitución Política de Colombia de 1991  Arts.,  23,74 y 209.
  • Ley 1755 de Junio 30 de 2015, por medio de la cual se regula el Derecho fundamental de Petición y se sustituye un título del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
  • Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
  • Ley 1474 de 2011 Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” Art. 76.
  • Ley 962 de 2005 Por medio de la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos, Artículo 6to.
  • Ley 190 de 1995, Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa.
  • Decreto 2232 de 1995 Por medio del cual se reglamenta la Ley 190 de 1995 en materia de declaración de bienes y rentas e informe de actividad económica y así como el sistema de quejas y reclamos.
  • Resolución 160 de 2014 “Por la cual se crea el Sistema de Atención e información al ciudadano de la Universidad de Cundinamarca.
  • Resolución 064 de 2012 Por la cual se determinan las funciones para cada una de las áreas establecidas en el Art. 1 del acuerdo 008 de 2012 que modifico el Art. 5 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Cundinamarca).
  • ISO 9001:2015 Sistemas de Gestión de la Calidad. 9.1.2 Satisfacción del cliente.
  • ISO 10002:2004. Gestión de la Calidad. Satisfacción del Cliente. Directrices para el tratamiento de las quejas  en las organizaciones.

Sin perjuicio de los términos de contestación de las peticiones establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, todas las peticiones, excepto las peticiones de información y consulta en diez (10) días hábiles, tramitadas por el Sistema de Atención al Ciudadano, se deberán resolver o solucionar internamente en un término máximo de quince (15) días hábiles, para lo cual el Sistema de Atención al Ciudadano, requerirá a la dependencia competente mediante correo electrónico donde se indicará un plazo inicial de cinco (5) días hábiles, para que envié la respuesta.

Se realizarán las reiteraciones pertinentes si transcurridos tres (3) días hábiles siguientes a la culminación del plazo anterior, no se ha remitido respuesta al Sistema de Atención e Información al Ciudadano, lo anterior con el fin de obtener la respuesta que se enviara al ciudadano de forma oportuna y ágil en procura de la satisfacción del mismo.

Información Importante:

La Universidad de Cundinamarca da cumplimiento a la Protección de datos personales (Ley 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013) con el fin de garantizar los derechos de los titulares de la información personal entregada a la institución.

Con el diligenciamiento de la siguiente solicitud, el titular de los datos personales entiende y autoriza que toda información personal incluida en éste puede ser tratada por la Universidad de Cundinamarca.

INGRESAR SOLICITUD (PQRSyF)






La oficina de atención al ciudadano de la Universidad de Cundinamarca presta sus servicios así:

En sede Fusagasugá con atención personalizada y por la línea gratuita 01 8000 180 414 de 08:00 a.m. a 12:00 m. y de 02:00 p.m. a 06:00 p.m. días hábiles de lunes a viernes.

En la página institucional www.ucundinamarca.edu.co en el link de peticiones, quejas y reclamos el formulario on line se encuentra dispuesto las 24 horas del día todos los días del año.

Las oficinas de correspondencia de la Universidad de Cundinamarca para la radicación de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones de forma escrita en los siguientes horarios:

SEDE FUSAGASUGÁ:

Lunes a viernes los días hábiles de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

SECCIONAL GIRARDOT:

Lunes a viernes los días hábiles de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

SECCIONAL UBATÉ:

Lunes a viernes los días hábiles de 8:00 a.m. a 12:30 m. y de 2:30 p.m. a 6:00 p.m.

EXTENSIÓN CHÍA:

Lunes a viernes los días hábiles de 9:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:30 p.m. a 7:00 p.m.

EXTENSIÓN FACATATIVÁ:

Lunes a viernes los días hábiles (excepto miércoles) de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.; y miércoles de 1:00 p.m. a 8:00 p.m.

EXTENSIÓN SOACHA:

Lunes a viernes los días hábiles de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

EXTENSIÓN ZIPAQUIRÁ:

Lunes a viernes los días hábiles de 7:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

OFICINAS EN BOGOTÁ:

Lunes a viernes los días hábiles de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

Notificaciones judiciales: 

Dirección Jurídica (+57 1) 828 1483 Ext. 115 | e-mail:

oficinajuridicaaunclic@ucundinamarca.edu.co

Los ciudadanos podrán presentar sus peticiones, quejas, reclamos o sugerencias a través del link del sitio web www.ucundinamarca.edu.co o el correo electrónico: quejasyreclamos@ucundinamarca.edu.co, para dar trámite a estos requerimientos el servidor asignado responderá en los términos señalados para tal fin.

De conformidad con la resolución 168 de 2006, y el artículo 24 del código contencioso Administrativo "la expedición de copias dará lugar al pago de las mismas cuando la cantidad solicitada lo justifique. El pago se hará a la tesorería de la entidad o en estampillas de timbre nacional que se anularán, conforme a la tarifa que adopte el funcionario encargado de autorizar la expedición. En ningún caso el precio fijado podrá exceder al costo de la reproducción".

Los requerimientos irrespetuosos y anónimos que se reciban, no serán tenidos en cuenta y por ende no serán respondidos.

GLOSARIO

Solicitud presentada a las autoridades para que emitan o expongan su criterio respecto a materias relacionadas con el ejercicio de sus funciones.

Tiempo de respuesta  15 días hábiles

Es una Manifestación verbal o escrita de insatisfacción hecha por el usuario con respecto a la conducta o actuar de un funcionario, servidor y/o particular a quien se les ha atribuido o adjudicado la prestación de un servicio en la Universidad.

Tiempo de respuesta  15 días hábiles

Es una Manifestación verbal o escrita de insatisfacción hecha por el usuario sobre el incumplimiento o irregularidad de alguna de las características de los productos o servicios ofrecidos por la Universidad.

Tiempo de respuesta  15 días hábiles

Facultad que tienen todas las personas de presentar solicitudes respetuosas a entidades de carácter público y privado, bajo la garantía de obtener una respuesta oportuna, clara, concreta y de fondo.

Tiempo de respuesta  15 días hábiles

Es la declaración que efectúa una persona para poner en conocimiento de unos hechos que se considera que pueden constituir un delito.

Tiempo de respuesta  15 días hábiles

Petición presentada para que se informe sobre las actuaciones que han adelantado en un caso concreto, para que permitan el acceso a los documentos públicos que tienen en su poder o expidan copia de documentos que reposan en una oficina pública.

Tiempo de respuesta  10 días hábiles

Manifestación a una persona de la satisfacción que se experimenta con motivo de un suceso favorable para ella.

Tiempo de respuesta  30 días hábiles

Propuesta realizada a una entidad de carácter público o privado con la finalidad de que se adopten medidas para el mejoramiento del servicio.

Tiempo de respuesta  30 días hábiles

Area Legal

Denuncias por posibles actos de corrupción

Nuestra institución se basa en el marco de la estrategia del gobierno nacional de cero tolerancias a la corrupción. Como también, en las disposiciones del Estatuto Anticorrupción Ley 1474 de 2011 que es desarrollada por el Decreto 2516 de 2011

Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Al igual, tomando como referente el Acuerdo 003 de 2020 “por el cual se adopta el estatuto disciplinario del personal académico y administrativo de la universidad de Cundinamarca” en lo referente a las faltas disciplinarias.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Ucundinamarca escucha, y le da la bienvenida al botón de denuncias de posibles actos de corrupción donde reportara los comportamientos indebidos de funcionarios y contratistas de la Universidad de Cundinamarca en temas únicamente concernientes a posibles actos de corrupción (paro ello lo invitamos a leer las definiciones que siguen a continuación con el fin de tener claro los conceptos), si su denuncia es con otro fin, lo invitamos a conocer el PROCEDIMIENTO ATENCIÓN A PETICIONES, QUEJAS Y RECLAMOS y a realizar su denuncia aquí

Si conoces de un posible caso de corrupción en la Universidad de Cundinamarca lo invitamos a ingresar al siguiente link (Haga su denuncia aquí) y con los debidos soportes que sustente su denuncia se dará tramite al área competente y generaremos para ustedes como ciudadanos procesos de activación en mecanismos de alerta, investigación y sanción atacando los actos de corruptos.

Denuncia: Una denuncia es una declaración formal acerca de la comisión de una conducta contraria a Derecho (generalmente la comisión de algún delito o infracciones administrativas) dirigida a la autoridad competente para su investigación.

Queja: manifestación verbal o escrita de insatisfacción hecha por el usuario con respecto a la conducta o actuar de un funcionario, servidor y/o particular a quien se les ha atribuido o adjudicado la prestación de un servicio en la Universidad.

Corrupción: consiste en el abuso de posiciones de poder o de confianza, para el beneficio particular en detrimento del interés colectivo, realizado a través de ofrecer o solicitar, entregar o recibir bienes o dinero en especie, en servicios o beneficios, a cambio de acciones, decisiones u omisiones.

Acción Disciplinaria: se produce dentro de las relaciones de subordinación que existen entre el funcionario y la administración, en el ámbito de la función pública, y se origina en el incumplimiento de un deber o de una prohibición, la omisión o extralimitación en el ejercicio de las funciones, la violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, etc. y su finalidad es la de garantizar el buen funcionamiento, moralidad y prestigio del organismo público respectivo.

Los presentes términos y condiciones pretenden regular y controlar el uso de las denuncias por posibles actos de corrupción en la universidad de Cundinamarca.

Lo invitamos a revisar cada uno de ellos:

LEY 1437 DE 2011, ARTÍCULO 16. CONTENIDO DE LAS PETICIONES.

Toda petición deberá contener, por lo menos:

  1. La designación de la autoridad a la que se dirige.
  2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, estará obligada a indicar su dirección electrónica.
  3. El objeto de la petición.
  4. Las razones en las que fundamenta su petición.
  5. La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite.
  6. La firma del peticionario cuando fuere el caso.

PARÁGRAFO 1o. La autoridad tiene la obligación de examinar integralmente la petición, y en ningún caso la estimará incompleta por falta de requisitos o documentos que no se encuentren dentro del marco jurídico vigente, que no sean necesarios para resolverla o que se encuentren dentro de sus archivos.

El tiempo de respuesta para las denuncias por posibles actos de corrupción se puede determinar por 15 días hábiles o el tiempo que amerite la investigación según la complejidad de la denuncia, lo anterior amparado en artículo 14 de la ley 1755 de 2015.

Como anónimo: Si usted registra la solicitud como anónimo, declara reserva sobre sus datos personales y de contacto, por lo tanto, debe tener en cuenta que la información a suministrar debe ser clara y completa tanto en tiempo(cuándo), modo(cómo) y lugar(dónde) de los hechos a denunciar, lo anterior con el fin de efectuar el trámite a que haya lugar. Así mismo podrá realizar seguimiento mediante el Sistema de atención e información al Ciudadano con el número consecutivo asignado y/o suministrar un correo electrónico para notificaciones electrónicas sobre el estado de su petición.

En caso de registras los datos es importante tener en cuenta el contenido de la petición:

  1. La designación de la autoridad a la que se dirige.
  2. Los nombres y apellidos completos.
  3. El objeto de la petición.
  4. Las razones en las que fundamenta su petición.
  5. La relación de los documentos que evidencie como soporte a la petición para iniciar el trámite.
  6. La firma del peticionario cuando fuere el caso.

Una vez allegada la denuncia por actos de corrupción al correo de denunciacorrupcion@ucundinamarca.edu.co esta es tramitada mediante el Sistema de Atención e Información al Ciudadano (SAIC) y se asignara a la oficina de control interno disciplinario para la respectiva investigación.

Notificaciones electrónicas

Las notificaciones del trámite de la denuncia se enviarán al correo que el ciudadano suministre al momento de instaurar la denuncia.

En caso en que la solicitud sea anónima la notificación se realizara por aviso
publicado en la página atención al ciudadano

El botón de denuncias por posibles actos de corrupción que se habilita para la ciudadanía en el enlace de servicio al ciudadano responde además al mandato del nuevo Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 del 12 de julio de 2011), que dicta normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Por ello, para mantener la transparencia de todos los canales de acceso de cara al ciudadano, la Universidad de Cundinamarca expresa su compromiso de garantizar la confidencialidad y seguridad de la información recibida, gestionarla hasta las instancias correspondientes y tomar las decisiones y correctivos que juzgue pertinentes a la luz de la ley y de sus políticas internas.

Para usuarios nuevos para registrarse en la plataforma SAIC, como usuario nuevo, si no tiene ningún vínculo con la universidad debe ingresar a la página atención al ciudadano en el link ingresar solicitud PQRSFyD y realizar el registro en la plataforma.

Si el usuario tiene vínculo con la universidad debe ingresar a la plataforma institucional link Sistema de Atención e Información al Ciudadano y diligenciar el formulario que se encuentra disponible.

Para usuarios registrados (cuando el usuario se encuentra registrado solo debe ingresar con su usuario y contraseña si es externo a la página atención al ciudadano y diligenciar el formulario que se encuentra disponible en la carpeta solicitud pqrsfyd y si es usuario interno ingresa a la plataforma institucional link SAIC y describe claramente la petición.

Para generar una denuncia anónima si usted registra la solicitud como anónimo, declara reserva sobre sus datos personales y de contacto, debe tener en cuenta que la información suministrada debe ser clara y completa tanto en tiempo (cuándo), modo (cómo) y lugar (dónde) de los hechos a denunciar, lo anterior con el fin de efectuar el trámite a que haya lugar. Esta solicitud la puede realizar en el formulario que se encuentra disponible en la página atención al ciudadano. y seleccionar la opción anónima.

 

 
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Contacto 

 

Línea gratuita: 01 8000 180 414 | e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Sede Administrativa: Dg 18 No. 20-29 Fusagasugá | (+57 1) 828 1483

Seccional Girardot: Carrera 19 Nº 24 - 209 | (+57 1) 833 5071
Seccional Ubaté: Calle 6 Nº 9 - 80 | (+57 1) 855 3055
Extensión Chía: Autopista Chía - Cajicá | Sector "El Cuarenta" | (+57 1) 828 1483 Ext. 418
Extensión Facatativá: Calle 14 con Avenida 15 | (+57 1) 892 0706
Extensión Soacha: Diagonal 9 No. 4B-85 | (+57 1) 721 9220
Extensión Zipaquirá: Carrera 7 No. 1-31 | (+57 1) 851 5792
Oficinas Bogotá D.C.: Carrera 20 No. 39-32 Teusaquillo | (+57 1) 744 8180 

Notificaciones judiciales:
Dirección Jurídica (+57 1) 828 1483 Ext. 115 | e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


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