Visión
Misión

Política de Operación
Realizar verificación, seguimiento, evaluación y control de manera oportuna y sistemática a los Macroprocesos que conforman el modelo de operación de la Universidad, a través de mecanismos e instrumentos que garanticen el cumplimiento de la normatividad aplicable y el mejoramiento continuo.

Política de Operación
- Plan Rectoral
- Plan de Acción
- Plan estratégico
- Plan de desarrollo
- Matriz CISNA (Condiciones Iniciales para ingresar al Sistema Nacional de Acreditación)
- Sistemas de gestión
- Modelo Estándar de Control Interno MECI
- Brindar a la Alta Dirección información que soporte la toma de decisiones, contribuyendo al desarrollo Institucional.
- Establecer de manera sistemática mediante auditorías y buenas prácticas administrativas, la verificación y el control de las actividades que garantizan eficacia en la calidad del servicio.
- Determinar mediante lineamientos de verificación y evaluación, el grado de conformidad de los criterios de los sistemas de gestión de la Universidad de Cundinamarca.
- Generar y reportar información a las partes interesadas y entes externos de control; cumpliendo con los parámetros y términos establecidos.
- Evaluar el sistema de control interno de la Universidad, permitiendo monitorear el logro de los objetivos, metas y principios de la Universidad de Cundinamarca.
- Brindar asesoría y asistencia planificada, orientada a los procesos de la Universidad de Cundinamarca, conforme al marco normativo que le asiste al proceso de control interno.
- Garantizar mediante una orientación profesional soportada en un equipo de trabajo competente, la mejora continua de los procesos administrativos, la reevaluación de planes y la introducción de correctivos necesarios para el cumplimiento de metas y objetivos propuestos.
- Establecer metodologías con fundamento en buenas prácticas administrativas que permitan identificar, controlar, analizar y hacer seguimiento a la causas de los hallazgos identificados por los entes de control fiscal implementando acciones que eviten reincidencia, garantizando la mejora continua.
El decreto 648 DE 2017 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”, en su artículo No. 17 comprende:
Modifíquese el artículo 2.2.21.5.3 del Decreto 1083 de 2015, el cual quedará así:
ARTÍCULO 2.2.21.5.3 De las oficinas de control interno. Las Unidades u Oficinas de Control Interno o quien haga sus veces desarrollarán su labor a través de los siguientes roles:
- Liderazgo estratégico: Su propósito es convertir a las Unidades de Auditoria Interna, Control interno o quien haga sus veces, en un componente dinamizador de la organización y un soporte estratégico para la toma de decisiones tanto al interior de la entidad como por parte de sus nominadores.
- Enfoque hacia la prevención: Este Rol articula el fomento de la cultura del control y la asesoría y acompañamiento, de Manera tal que se genere en los servidores la capacidad de cumplir con sus funciones y tareas de forma efectiva.
- Evaluación de la gestión del riesgo: La identificación y análisis del riesgo debe ser un proceso permanente e interactivo entre la administración y la oficina de Control Interno evaluando los aspectos tanto internos como externos que puedan llegar a representar una amenaza para la consecución de los objetivos organizacionales y realizar evaluación independiente.
- Evaluación y seguimiento: Evaluar y contribuir a la mejora en los procesos de gestión, control y administración de las entidades, utilizando para ello un enfoque sistémico y disciplinado
- Relación con entes externos de control: La Unidad de Auditoría Interna, Control Interno o quien haga sus veces sirve como puente entre los entes externos y la entidad con el fin de facilitar el flujo de información con dichos organismos teniendo en cuenta el amplio conocimiento que ésta unidad tiene de la organización.
- Fomento de una cultura de control.
- Evaluación del Sistema Integrado de Gestión.
- Colaboración y apoyo a los entes de control.
- Disposición y actitud respetuosa.
- Asesoría y apoyo en control interno a la Comunidad Universitaria.
¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO?
La LEY 87 DE 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 1, presenta los principios que el ejercicio de control interno debe contar:
Igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y valoración de costos ambientales.