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Denuncia conflicto de intereses

Nuestra institución se basa en el marco del Artículo 84 numerales 1-9 de la Ley 734 de 2002, y en aras de evitar la ocurrencia de conflictos de interés al interior de la Universidad, pone a disposición el presente canal de denuncias en cual se garantiza el tratamiento de datos personales y la confidencialidad de la información suministrada.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Ucundinamarca escucha, y le da la bienvenida al botón de denuncias de posibles casos de conflicto de interés donde reportara los comportamientos indebidos de funcionarios y contratistas de la Universidad de Cundinamarca en temas únicamente concernientes a posibles casos de conflicto de interés (paro ello lo invitamos a leer las definiciones que siguen a continuación con el fin de tener claro los conceptos), si su denuncia es con otro fin, lo invitamos a conocer el PROCEDIMIENTO ATENCIÓN A PETICIONES, QUEJAS Y RECLAMOS y a realizar su denuncia aquí.

Si conoces de un posible caso acoso sexual en la Universidad de Cundinamarca lo invitamos a ingresar al siguiente link (Haga su denuncia aquí) y con los debidos soportes que sustente su denuncia se dará tramite al área competente y generaremos para ustedes como ciudadanos procesos de activación en mecanismos de alerta, investigación y sanción atacando estos hechos.

Definición de conflicto de intereses

Son aquellas situaciones en las que el juicio de un sujeto, en lo relacionado a un interés primario para él o ella, y la integridad de sus acciones, tienden a estar indebidamente influenciadas por un interés secundario, el cual frecuentemente es de tipo económico o personal.

Herramienta diseñada por Función Pública en la cual se establecieron unos mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos del país, y que debe ser implementada por todas las entidades públicas.

Preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar una cosa.

Se refieren a las diferentes generaciones de una familia y la distancia que existe de un familiar directo a otro. Por lo tanto, se trata de un vínculo de parentesco de sangre entre personas que se divide en grados.

Cuando el servidor ya se encuentra en una situación en la que debe tomar una decisión, pero, en el marco de esta, existe un interés particular que podría influir en sus obligaciones como servidor público.

Cuando el servidor tiene un interés particular que podría influir en sus obligaciones como servidor público, pero aún no se encuentra en aquella situación en la que debe tomar una decisión.

Cuando el servidor público no tiene un interés privado, pero alguien podría llegar a concluir, aunque sea de manera tentativa, que sí lo tiene. Una forma práctica de identificar si existe un conflicto de intereses aparente es porque el servidor puede ofrecer toda la información necesaria para demostrar que dicho conflicto no es ni real ni potencial.

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Se origina cuando el interés general, propio de la función pública, entre en conflicto con un interés particular y directo del servidor público (Artículo 40 Ley 734 de 2002).

Es un acto unilateral, voluntario y oficioso del servidor público o contratista, a quien le corresponde manifestar que su parcialidad está afectada para conocer y decidir determinada actuación.

Debe entenderse como el mecanismo que tienen las partes o terceros con interés en una actuación, de solicitar al servidor que está conociendo de un asunto, que se separe del mismo por estar incurso en un conflicto de interés o en una causal legal de impedimento.

La denuncia es la declaración que efectúa una persona para poner en conocimiento de unos hechos que se considera que pueden constituir un delito.

Términos y condiciones

Los presentes términos y condiciones pretenden regular y controlar el uso de las denuncias por posibles conflictos de intereses presentados en la universidad de Cundinamarca de acuerdo con el Artículo 84 numerales 1-9 de la Ley 734 de 2002. ​

Lo invitamos a revisar cada uno de ellos:​

​Toda petición y/o de denuncia deberá contener, por lo menos:​

El o los funcionarios y/o personas involucradas en el posible conflicto de interés.​

Si es denuncia anónima deberá por lo menos indicar un correo electrónico de contacto y/o número telefónico, de lo contrario el denunciante podrá hacerle seguimiento a su denuncia mediante el Sistema de atención e información al Ciudadano con el código único asignado. ​

Las razones por las que considera se presentó conflicto de interés.​

La relación de los documentos y/o evidencias que desee aportar para sustentar la denuncia​

Una vez examinada la denuncia, la autoridad tiene la obligación de examinar integralmente la misma, y en ningún caso la estimará incompleta por falta de requisitos o documentos que no se encuentren dentro del marco jurídico vigente, que no sean necesarios para resolverla o que se encuentren dentro de sus archivos.​

Tiempos de respuesta

El tiempo de respuesta para las denuncias por posibles conflictos de intereses, se puede determinar por 15 días hábiles o el tiempo que amerite la investigación según la complejidad de la denuncia, lo anterior amparado en artículo 14 de la ley 1755 de 2015.​

Requisitos para la publicación

Como anónimo: Si usted registra la solicitud como anónimo, declara reserva sobre sus datos personales y de contacto, por lo tanto, debe tener en cuenta que la información a suministrar debe ser clara y completa tanto en tiempo(cuándo), modo(cómo) y lugar(dónde) de los hechos a denunciar, lo anterior con el fin de efectuar el trámite a que haya lugar. Así mismo podrá realizar seguimiento mediante el Sistema de atención e información al Ciudadano con el código único asignado y/o suministrar un correo electrónico para notificaciones electrónicas sobre el estado de su denuncia.​

En caso de registrar los datos es importante tener en cuenta el contenido de la denuncia:​

El o los funcionarios y/o personas involucradas en el posible conflicto de interés (nombres, dependencia y lugar de los hechos). ​

Las razones por las que considera se presentó un posible casi de conflicto de intereses.​

La relación de los documentos y/o evidencias que desee aportar para sustentar la denuncia​.

Gestión de la petición

Una vez allegada la denuncia por posibles conflictos de interés mediante el Sistema de Atención e Información al Ciudadano (SAIC) se asignara a la Dirección Talento Humano para la respectiva investigación. ​

Notificaciones electrónicas: Las notificaciones del trámite de la denuncia se enviarán al correo que el ciudadano suministre al momento de instaurar la denuncia, o se podrá hacer el seguimiento mediante el código único cifrado otorgado al momento de la denuncia.

Confidencialidad y seguridad (anexar aviso de privacidad)  

El botón de denuncias por posibles actos conflicto de interés que se habilita para la ciudadanía en el enlace de servicio al ciudadano responde además al mandato del nuevo Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 del 12 de julio de 2011), que dicta normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.​

Por ello, para mantener la transparencia de todos los canales de acceso de cara al ciudadano, la Universidad de Cundinamarca expresa su compromiso de garantizar la confidencialidad y seguridad de la información recibida, gestionarla hasta las instancias correspondientes y tomar las decisiones y correctivos que juzgue pertinentes a la luz de la ley y de sus políticas internas.​

Para usuarios nuevos para registrarse en la plataforma SAIC, como usuario nuevo, si no tiene ningún vínculo con la universidad debe ingresar a la página atención al ciudadano en el link ingresar solicitud PQRSFyD y realizar el registro en la plataforma.​

Si el usuario tiene vínculo con la universidad debe ingresar a la plataforma institucional link Sistema de Atención e Información al Ciudadano y diligenciar el formulario que se encuentra disponible.​

Para usuarios registrados (cuando el usuario se encuentra registrado solo debe ingresar con su usuario y contraseña si es externo a la página atención al ciudadano y diligenciar el formulario que se encuentra disponible en la carpeta solicitud pqrsfyd y si es usuario interno ingresa a la plataforma institucional link SAIC y describe claramente la petición.​

Para generar una denuncia anónima si usted registra la solicitud como anónimo, declara reserva sobre sus datos personales y de contacto, debe tener en cuenta que la información suministrada debe ser clara y completa tanto en tiempo (cuándo), modo (cómo) y lugar (dónde) de los hechos a denunciar, lo anterior con el fin de efectuar el trámite a que haya lugar. Esta solicitud la puede realizar en el formulario que se encuentra disponible en la página atención al ciudadano. y seleccionar la opción anónima.​

Reconocimiento: empresa comprometida con la bioseguridad Reconocimiento: Huella de carbono Reconocimiento: Responsabilidad social Reconocimientos: Bureau Veritas, Buenas practicas de gobierno corporativo, ISO 45001 y IQNET Reconocimiento: Sello de sostenibilidad Reconocimiento: Sello de icontec ISO 37001
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