Transferencia de Resultados
Naturaleza Jurídica
En el artículo 21 de la resolución 064 del 3 de mayo de 2012 “Por la cual se determinan las funciones de cada una de las áreas establecidas en el artículo 1 del Acuerdo No. 008 de 2012,” se establece que una de las funciones de la Dirección de Investigación es: “Impulsar actividades que articulen de manera efectiva las labores de docencia con las de investigación y extensión, asegurando la participación activa de todos los actores involucrados”
El Consejo Superior mediante Acuerdo 002 de 2008 estableció el Sistema de Investigación en la Universidad de Cundinamarca, con el objetivo principal de fortalecer la capacidad investigativa de innovación, de desarrollo tecnológico y de gestión del conocimiento de la Universidad, con referencia a los indicadores del Sistema Estatal de Universidades SUE, en perspectiva de los objetivos de calidad en el marco de la Acreditación Institucional alineada con el proceso de Gestión de la Calidad.
Objetivo
Objetivo
Gestionar la transferencia y la apropiación social del conocimiento, de los Productos de investigación realizados por los grupos de investigación de la Universidad de Cundinamarca.
Alcance
Inicia con la aprobación del ente responsable de la divulgación, luego el Consejo de Facultad y el Comité para el Desarrollo de la Investigación emiten el concepto de aprobación o rechazo de los recursos, según el tipo de producto. Termina con la documentación que soporta la transferencia del producto de investigación.