Dirigido para los trabajadores independientes a partir del segundo semestre 2021.
Dirigido para los trabajadores independientes a partir del segundo semestre 2021.
El procedimiento para el pago de la seguridad social como requisito a cumplir por parte de los contratistas de prestación de servicios; los trabajadores independientes con ingresos netos iguales o superiores a un salario mínimo legal mensual vigente que celebren contratos de prestación de servicios personales, cotizarán mes vencido al Sistema de Seguridad Social Integral, sobre una base mínima del 40% del valor de cada mes del contrato, sin incluir el valor del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Calculo IBC: Ingreso del mes (*) el 40%
Ejemplo:
VALOR TOTAL DEL CONTRATO: $ 14.000.000,00
Forma de Pago: Pagos mensuales del 20%
1 pago Julio: $2.800.000 (*) 40% = $ 1.120.000 IBC
Por lo cual el $ 1.120.000 es su base del IBC según forma de pago establecidos en el contrato.